Acosta, B. & Monzón Naranjo, M. A.
(Publicado 15/02/2022)
El desafío que enfrenta la gestión pública ante la COVID-19 es de naturaleza global. No obstante que la patente y otras modalidades de protección intelectual son necesarias para fabricar las vacunas, los Estados pueden y deben emplear todas las herramientas que estén a su alcance para hacer partícipes a todas las empresas en esos acuerdos, pero a la vez remunerar de manera justa las inversiones de aquellas.
El objetivo de este artículo es presentar una panorámica actualizada de la cuestión en torno a patentes y tratamientos de la COVID-19 y, especialmente, de las vacunas. Primeramente, se ofrece una aclaración conceptual de conceptos como patente, vacuna o coronavirus. En segundo lugar, se explica por dónde ha discurrido el debate entre propiedad intelectual y salud, y se abre paso para, en último lugar, reseñar los intentos de solución a los problemas abiertos y los desafíos que los autores consideran que quedan por atender.
Las patentes son derechos que los inventores obtienen y que les permiten, por un período limitado de tiempo, prohibir a terceros la fabricación y comercialización de sus técnicas o artefactos. La idea clásica es que, a cambio, estos derechohabientes levantan del secreto industrial dicho invento y lo hacen público en los documentos de patentes, que se supone sirven para fomentar de nuevo otras innovaciones y, con ello, hacen posible el cambio y progreso tecnológico.
Los coronavirus (CoV) son una subfamilia de virus de ARN monocatenario, que producen patologías como: síndrome respiratorio agudo severo (SARS-CoV), síndrome respiratorio de Oriente Medio (MERS-CoV) y el propio SARS-CoV-2 (que causa la COVID-19). Algo de vital importancia es que todos ellos presentan cuatro proteínas estructurales, entre las que destaca la proteína de la espícula S, que tiene un papel relevante en el desarrollo de la vacuna.
Las vacunas, y entre ellas las de la COVID-19, son productos biológicos que provocan la respuesta inmune a un antígeno específico derivado del patógeno que causa una enfermedad infecciosa. Estos suelen producirse mediante la manipulación de organismos vivos o de material genético. En tanto que son productos farmacéuticos y biológicos, las vacunas pueden caer bajo la protección de las patentes. Pero si nos centramos en aspectos del desarrollo, la producción, las limitaciones reglamentarias y la estructura de las patentes, no debemos homologar el término “vacuna” y “fármaco”. Mientras que los fármacos son químicamente idénticos y, por tanto, pueden ser copiados por ingeniería inversa para producir fármacos bio-equivalentes, las vacunas requieren pasar por los mismos procedimientos y ensayos clínicos que el producto original, por su compleja estructura y procesos de fabricación
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